Resumen
La incorporación relativamente tardía del extenso territorio de Magallanes a la jurisdicción chilena para su poblamiento colonizador (1843) no trajo consigo en lo inmediato su integración plena en el ordenamiento político-administrativo de la República, según las normas constitucionales en vigencia. Su estatuto fue más bien excepcional, como Colonia de factoprimero y como Territorio de Colonización a contar de 1853, situación que lo acompañaría hasta el término de la tercera década del siglo XX. En el artículo se da cuenta de las contadas disposiciones administrativas atingentes y de la cartografía de apoyo correspondiente, junto con algunas consideraciones que contribuyen a hacer más comprensiva la materia.
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